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Comunicaciones de la Agencia Tributaria sobre la regularización especial de noviembre de 2012

Estos días están llegando a casa de algunos contribuyentes unas comunicaciones de la Agencia Tributaria en relación con la regularización tributaria especial (modelo 750) que presentaron en noviembre de 2012. En este artículo, queremos aclarar lo qué se pretende con esta carta y qué consecuencias puede tener para el que la recibe, ya que desde los medios de comunicación son tantas las opiniones que se vierten que, en muchos casos, se confunde y alarma sin razón fundamentada.

Como todos sabemos, el 30 de noviembre de 2012 finalizó el plazo para presentar el Modelo 750, que permitía «aflorar» patrimonios ocultos de los contribuyentes tributando por ello el 10% de la cantidad regularizada. El objetivo que pretendía el Gobierno en ese momento era conseguir un aumento en la cifra de ingresos del Estado, en un momento de gran desequilibrio de la economía nacional.

Sobre cómo funciona un proceso de regularización

En primer lugar, si es usted es una de las personas que decidieron regularizar su situación fiscal, queremos recomendarle tranquilidad en sus decisiones.

En los casos en que los patrimonios regularizados provenían de 2007 o ejercicios anteriores, al estar ya prescritos, podrían haberse regularizado de dos maneras:

  • Vía declaración 750, tributando por ello el 0%.
  • Vía regularización normal, presentando las correspondientes complementarias del Impuesto del sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto del Patrimonio (IP) o Impuesto de Sociedades (IS) en su caso, por los rendimientos generados por esos patrimonios en los ejercicios 2008 y posteriores.

De cualquiera de las dos maneras, la regularización no tributaba ya que había ganado la prescripción.

No obstante, la “amnistía” del 2012 llevaba aparejada otra obligación: declarar anualmente en el modelo 720 todos aquellos bienes que se posean en el exterior. De esta forma, si después de 2012 alguien aflora patrimonios ocultos en el extranjero después de los cuatro años de prescripción, no pueden ser investigados salvo que estos bienes no hayan sido declarados en el modelo 720.

Sobre la comunicación de la Agencia Tributaria

De acuerdo a lo que dicen los medios, lo que pretende el grupo parlamentario de Ciudadanos es que la Agencia Tributaria comunique el inicio de actuaciones inspectoras a todos los contribuyentes que presentaron la declaración tributaria especial antes del 30/11/2016 para, de esta forma según ellos, evitar que esta regularización prescriba.

Las comunicaciones que se han enviado ahora desde la Agencia Tributaria son una simple carta (en ningún caso se hace a través de correo certificado) que viene a recoger el criterio del Ministerio y de los técnicos de Hacienda de que ni al modelo 750 ni al 720 les afecta la prescripción, ya que la información en ellas declarada puede seguir siendo utilizada por la Hacienda Pública.

En conclusión, lo que sí aclaran es que ha prescrito la posibilidad de comprobar las declaraciones de Renta y Sociedades de 2008 a 2010, al igual que ya lo estaban las anteriores a 2007.

No obstante, si presentó el modelo 750 o está obligado a la presentación del 720 desde QUINTANA Fiscal quedamos a su disposición para tratar de solventar todas aquellas dudas o preocupaciones que sobre este tema puedan asaltarle, con total confidencialidad.

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