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La UE contra la elusión fiscal en el Impuesto de Sociedades

Con el objetivo de armonizar la base imponible del impuesto de sociedades, mejorar la transparencia en la fiscalidad de las empresas y evitar la competencia entre las Haciendas europeas, la Unión Europea -UE- ha aprobado una Directiva aplicable a los contribuyentes del Impuesto de Sociedades -IS- (Dir UE 2016/1164, DOUE 19-7-16), que establece un nivel mínimo común para garantizar el pago del impuesto donde se generen los beneficios. La presente Directiva se aplicará a todos los contribuyentes sujetos al impuesto sobre sociedades en uno o varios Estados miembros, incluidos los establecimientos permanentes de entidades residentes a efectos fiscales en un tercer país.

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Las medidas adoptadas hacen referencia entre otros aspectos a la limitación a la deducibilidad de los intereses y a la imposición de salida para garantizar que se  grave el valor económico de cualquier plusvalía creada en un territorio, aunque ésta sea latente. También se incluye normativa para cubrir lagunas entre las prácticas fiscales de los diferentes Estados y sobre sociedades extranjeras controladas, es decir sobre aquellas entidades o establecimientos permanentes cuyos beneficios estén exentos de imposición en un Estado miembro. Con estas normas también se pretende evitar los efectos de doble deducción o doble imposición.

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Estas medidas deberán adoptarse por los Estados miembros antes del 31-12-2018, por lo que serán de aplicación a partir de Enero de 2019. Debe tenerse en cuenta que la normativa española ya recoge gran parte de estas disposiciones, como la limitación a los gastos financieros (LIS art.16), el impuesto de salida (LIS art.19.1, 77.1, 80.4 y 81.3) o las asimetrías híbridas (LIS art.15.j).

Esta primera fase hace referencia a la aplicación de una metodología común para el cálculo de la base imponible de las empresas europeas. El segundo paso en la armonización fiscal del IS, está previsto para 2022 y hace referencia a la consolidación de la base imponible de las grandes empresas, es decir, la suma de todos los resultados obtenidos en la UE para el cálculo de la deuda tributaria total y el posterior reparto del impuesto entre los diferentes países.

La aprobación de estas directivas requiere de unanimidad de todos los socios de la UE, de ahí su dificultad. A favor de su implementación hay varios factores, entre ellos que la UE descarta armonizar el tipo del impuesto o las estrecheces presupuestarias de la mayoría de los Estados de la UE y la elevada presión fiscal ya existente sobre las pequeñas y medianas empresas.

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