BLOG

¿Cómo tributa a partir de ahora la constitución de un préstamo hipotecario en el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?

QUINTANA FISCAL. Protección del patrimonio familiar

Como consecuencia de la controversia suscitada en relación con la redacción del artículo 68.2 del Reglamento del ITP, mediante el Real Decreto Ley 17/2018 se ha modificado la Ley reguladora de este impuesto.

El Reglamento del ITP, disponía que el sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de documentos notariales, era el prestatario en los casos de escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria.

Este apartado fue anulado por las sentencias del Tribunal Supremo, sala de lo contencioso (1505/2018 de 16 de octubre y 1523/2018 de 22 de octubre), declarando que el obligado al pago era el prestamista.

Posteriormente, tras una revisión de esta resolución, el propio Pleno de esta Sala del Supremo, acordó volver considerar al prestatario como titular de la obligación de pago del impuesto por entender que no había motivos para cambiar el criterio jurisprudencial tradicional.

Ahora, el Gobierno, a través de este Real Decreto-ley, modifica el artículo 29 de la Ley del Impuesto, para establecer que en los casos de escrituras en las que se constituya un préstamo con garantía hipotecaria, se considera sujeto pasivo al prestamista.

Junto con esta modificación se introducen otras dos:

  • La exención en este impuesto cuando el prestatario sea una entidad sin fines lucrativos acogidas al régimen de la Ley 49/2002.
  • Además, en relación con el Impuesto sobre Sociedades, se declara como gasto no deducible la deuda tributaria del ITP y AJD, documentos notariales, en los supuestos de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria.

Todas estas modificaciones serán de aplicación para las escrituras públicas otorgadas a partir del 10 de noviembre de 2018.

Por lo tanto, para todas aquellas de fecha anterior se seguirá manteniendo el criterio anterior, siendo sujeto pasivo del ITP el prestatario.

Resuelve tus dudas y quédate tranquilo
En Zaragoza, los mejores especialistas en asesoría fiscal
Superior