El Real Decreto 254/2025, publicado en el BOE núm. 80 de 2 de abril de 2025, modifica el Real Decreto 1007/2023 y amplía los plazos de adaptación a las obligaciones establecidas en el reglamento Veri*Factu. Esta ampliación afecta tanto a empresas como a autónomos, así como a los productores y comercializadores de software de facturación.
Nuevos plazos para la adaptación de los sistemas de facturación
Tal como establece la normativa, se conceden nuevos plazos límite para la implementación de sistemas de facturación electrónica adaptados:
- Empresas (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades): hasta el 1 de enero de 2026.
- Autónomos y otros obligados tributarios: hasta el 1 de julio de 2026.
Estos nuevos plazos afectan a todos los contribuyentes incluidos en el artículo 3.1 del Reglamento, es decir:
- Autónomos (contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas).
- Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente en España.
- Entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas.
Plazo para los proveedores de software de facturación
El Real Decreto 254/2025 también afecta a los productores y comercializadores de software de facturación, quienes deberán adaptar sus soluciones a los nuevos requisitos técnicos. El plazo máximo para cumplir con esta obligación será de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, es decir, hasta el 29 de octubre de 2024.
Este plazo también aplicará a los contratos de mantenimiento de software plurianuales firmados antes del 1 de julio de 2025, estableciendo así una mayor flexibilidad para la adaptación a los nuevos requisitos.
Disponibilidad del servicio Veri*Factu en la Agencia Tributaria
Como parte del proceso de implementación del reglamento Veri*Factu, la Agencia Tributaria habilitará un servicio para la recepción de registros de facturación generados por los sistemas de emisión de facturas verificables. Este servicio estará operativo en un plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, es decir, a partir del 29 de octubre de 2024.
Conclusión
El Real Decreto 254/2025 introduce una ampliación de plazos clave para que empresas, autónomos y desarrolladores de software de facturación puedan cumplir con los requisitos del reglamento Veri*Factu. Esta medida facilita la adaptación progresiva de los sistemas informáticos de facturación electrónica, garantizando el cumplimiento normativo sin comprometer la operatividad de los negocios.
Por ello, es fundamental que tanto empresas como autónomos comiencen cuanto antes el proceso de actualización de sus programas de facturación para evitar sanciones y garantizar el correcto cumplimiento de la normativa fiscal.





