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EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN DE IRPF POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

 

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que anula la Orden de Hacienda HAC/277/2019, de 4 de marzo, que exigía a todos los contribuyentes presentar la declaración del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF) por medios electrónicos.

 

En su fallo, el Tribunal argumenta que la Ley General Tributaria reconoce el derecho, pero no la obligación, de los ciudadanos a utilizar los medios electrónicos para sus trámites con la Administración, y que es responsabilidad de la Administración promover su utilización. La Orden de Hacienda, al imponer de manera general y sin considerar las condiciones es específicas de los contribuyentes, la presentación electrónica de la declaración vulnera este derecho reconocido por la Ley.

 

Asimismo, se destaca que la ley permite a la Administración promover y facilitar el uso de medio electrónicos para determinados fines, pero no le otorga la facultad de imponer su utilización obligatoria a todos los contribuyentes. La sentencia subraya que es necesario identificar los supuestos y condiciones que justifiquen imponer la presentación electrónica, teniendo en cuenta características o circunstancias especiales de ciertos obligados tributarios, en lugar de dejar sin efecto el derecho general a relacionarse electrónicamente.

 

Con esta decisión, el Tribunal Supremo invalida la obligación establecida en la Orden de Hacienda y asegura que los ciudadanos mantienen el derecho a presentar su declaración del IRPF por otros medios distintitos a los electrónicos.

 

 

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